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11 de abril de 2011

La futura limitación del recurso de suplicación

Hace tiempo que se viene hablando sobre la necesidad de llevar a cabo una profunda reforma de nuestro sistema judicial, un sistema que muchos tildan como decimonónico, desfasado, excesivamente rigorista, etc.

Para acabar con esta situación se estan adoptando, tramitando y estudiando diversas modificaciones legales. Algunas de las ideas que se han puesto sobre la mesa son sin duda acertadas, como la asunción por parte de los Juzgados de lo Social de las demandas frente a los Expedientes de Regulación de Empleo, que actualmente tramita el orden contencioso, el crear unidades administrativas comunes por jurisdicción, de modo que los funcionarios estén adscritos no a un Juzgado en concreto, sino a una Sala común de lo Social, la creación de Ciudades de la Justicia donde se encuentren ubicadas todas las unidades judiciales en lugar de tenerlas dispersas por toda la ciudad, etc.

Existen otras medidas más discutibles, como la supresión del Juez vinculado a un Juzgado, lógica consecuencia de la supresión de los Juzgados separados, de modo que todos los Jueces de lo Social estarían adscritos a una única Sala, de modo que se desconozca por anticipado cual será el Magistrado encargado de conocer el asunto.

Pero como es inevitable, también hay medidas que son claramente erradas, y dentro de ellas, se encuentra la limitación de la posibilidad de recurrir en suplicación las sentencias de los Juzgados de lo Social. Para lograr este proposito, se elevará la cuantía del proceso para poder recurrir, pasando de los 1.800 euros actuales a 6.000, una subida realmente significativa.

Lo trágico de la situación que os comento es que, nuestro legislador, ante la imposibildiad de hacer frente economicamente a la modernización de la justicia, y frente a la necesidad de reducir la lentitud de la misma, lejos de dotarla con los recursos económicos suficientes para garantizar la correcta tutela de los derechos fundamentales del individuo,opta por la solución más económica, pero al mismo tiempo menos garantista y tuteladora para los ciudadanos, eliminando la posibilidad de recurrir las sentencias que se dictan en primera instancia. En definitiva, un paso atrás en nuestro sistema constitucional.

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