Viernes de resaca tras la huelga general. En los próximos días asistiremos a una cascada de valoraciones sobre su resultado, grado de incidencia, participación en las manifestaciones, etc. Pero pocos de esos sesudos análisis se harán eco de un hecho que a mi, personalmente, me ha impactado por diversos motivos. La noticia es que grupos radicales han causado graves disturbios en la ciudad de Barcelona, (algo que empieza a ser tristemente frecuente), durante los cuales han quemado un establecimiento de la cadena Starbucks. La noticia la teneis aquí y el vídeo en este otro vínculo
Como esto es un blog de derecho laboral explicaré a ese grupito de descerebrados, siempre y cuando sepan leer, la consecuencia jurídico-laboral de su acción. El artículo 49.1.h) del Estatuto de los Trabajadores recoge dentro de los supuestos de extinción del contrato de trabajo el derivado de fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de servicios. Entre los supuestos típicos de cierre derivado de fuerza mayor se encuentra el incendio, de modo que si un fuego destruye un centro de trabajo, en este caso el Starbucks, la prestación de servicios se vuelve imposible y en consecuencia se produciría la extinción del contrato de trabajo. Primera consecuencia, los trabajadores del Starbucks sin comerlo ni beberlo se han quedado en el paro.
Pero hay más, el despido que tendrán que soportar estos trabajadores se incluye dentro de los contemplados en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, con una indemnización por tanto de sólo 20 días de trabajo por año de servicio hasta un máximo de 12 mensualidades. Segunda consecuencia, los trabajadores del Starbucks no sólo se van al paro, sino que serán indemnizados como si de un despido objetivo procedente se tratara.
Por último se da la paradoja de que el establecimiento incendiado corresponde a una de las empresas consideradas internacionalmente como uno de los mejores lugares para trabajar. Así lo acredita anualmente el estudio denominado "Best Place to Work". En España Starbucks ocupa el quinto lugar entre las mejores empresas para trabajar de 500 a 1.000 trabajadores y podéis comprobarlo aquí. En México, por ejemplo, ocupa el primer lugar y aquí explica los motivos, que son entre otros capacitaciones de calidad, excelente ambiente de trabajo, salarios por encima de los propios del sector, prestaciones laborales, horarios flexibles, etc. Esto nos conduce a la tercera consecuencia, perdida de inversión extrajera de calidad, pues como he explicado Starbucks no sólo crea empleo, sino que se caracteriza por tratar a los trabajadores como socios en el negocio, crear ambientes de trabajo agradables y ofrecer unas condiciones laborales y económicas muy por encima de las del sector.
Si creáramos un premio anual a la estupidez esta claro que ya tendríamos unos firmes candidatos, pues no se puede hacer más daño y en menos tiempo a aquellos principios que supuestamente se defienden.